Imprimir

Código Procesal Penal Acusatorio Artículo 318 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Penal Acusatorio Tabasco
Artículo 318. Autorización para practicar diligencias sin conocimiento del afectado

Las diligencias de investigación que de conformidad con este Código requieran autorización judicial previa podrán ser solicitadas por el Agente del Ministerio Público aun antes de la vinculación del imputado al proceso.

Si el Agente del Ministerio Público requiere que ellas se lleven a cabo sin previa comunicación al afectado, el Juez autorizará que se proceda en la forma solicitada cuando la gravedad de los hechos o la naturaleza de la diligencia de que se trate permitan presumir que dicha circunstancia resulta indispensable para su éxito.

Si con posterioridad a la vinculación del imputado al proceso el fiscal solicita proceder de la forma señalada en el párrafo precedente, el Juez lo autorizará cuando la reserva resulte estrictamente indispensable para la eficacia de la diligencia



Estado de Tabasco Artículo 318 Código Procesal Penal Acusatorio
Artículo 1 ...316 317 318 319 320 ...471

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse