Código Procesal Penal Artículo 149 Estado de Hidalgo
Código Procesal Penal Hidalgo
Artículo 149. Denuncia
La denuncia es el medio a través del cual las personas hacen del conocimiento del Ministerio Público o de los cuerpos de seguridad pública, la comisión de hechos que pueden constituir un delito. En este último supuesto, los integrantes de los cuerpos de segundad darán aviso inmediato al Ministerio Público pero realizarán las actuaciones necesarias para evitar la pérdida de los elementos de convicción
Estado de Hidalgo Artículo 149 Código Procesal Penal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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