Código Procesal Penal Artículo 188 Estado de Hidalgo
Código Procesal Penal
Artículo 188. Intervenciones sin autorización judicial
Las comunicaciones entre particulares podrán ser intervenidas y grabadas, sin orden judicial, para su utilización en el proceso penal como prueba cuando:
I.- Sea una comunicación entre particulares y uno de ellos la grabe;
II.- Sea una comunicación entre particulares y un tercero, con conocimiento y acuerdo de uno de los participantes, la grabe; y
III.- Sea una comunicación entre particulares y, con conocimiento y acuerdo de uno de ellos, se grabe a instancias del Ministerio Público, siempre que se trate de los delitos de homicidio doloso, robo de vehículos, secuestro, privación ilegal de la libertad, extorsión, fraude, cohecho, delitos cometidos por servidores públicos y tortura evasión de presos, asociación delictuosa y pandilla, corrupción de menores, encubrimiento, ejercicio indebido del servicio público, coalición de servidores públicos, cohecho de particulares, pornografía infantil, trata de personas, abuso de autoridad, tráfico de influencias, o enriquecimiento ilícito.
Solo serán admisibles en el proceso las partes de las grabaciones que contengan información relacionada con los hechos imputados o acusados y que no violen el deber de confidencialidad que establezca la Ley.
Estado de Hidalgo Artículo 188 Código Procesal Penal
Mejores juristas





¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios