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Código Procesal Penal Artículo 61 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código Procesal Penal Hidalgo
Artículo 61. Formas de notificación

Cuando la notificación deba practicarse por medio de lectura, se leerá el contenido de la resolución y si el interesado solicita copia, se le entregará. En los demás casos, se practicará la notificación entregándole una copia de la resolución al interesado, con indicación del nombre del órgano jurisdiccional y el proceso a que se refiere.

El Tribunal dispondrá que, quien realice la notificación sea auxiliado por un intérprete o traductor en caso de que la persona notificada no hable o comprenda suficientemente el español, o bien cuando tenga alguna discapacidad que le impida comunicarse verbalmente.

La persona que notifica dejará constancia del acto, señalará el lugar, el día y la hora de la diligencia y firmará juntamente con quien reciba la copia o indicará que se negó a hacerlo o que no pudo firmar.



Estado de Hidalgo Artículo 61 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...59 60 61 62 63 ...482

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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