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Código Procesal Penal Artículo 73 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Procesal Penal Hidalgo
Artículo 73. Duración del proceso

El proceso penal por delito cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión o con pena distinta a ésta, deberá tramitarse dentro del plazo de cuatro meses, y antes de un año si la pena excediere de este tiempo, tomando en cuenta el lapso que transcurre desde el momento en que se dicta el auto de vinculación a proceso, hasta el dictado de la sentencia salvo que la defensa pida uno mayor.



Estado de Hidalgo Artículo 73 Código Procesal Penal
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