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Código Procesal Penal Artículo 96 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Procesal Penal Hidalgo
Artículo 96. Funciones del Ministerio Público

Además de las que prevean las Leyes el Ministerio Público tendrá las siguientes funciones:

I.- Ejercer la acción penal pública en la forma establecida por la Ley;

II.- Practicar u ordenar todos los actos de investigación necesarios para el esclarecimiento de los hechos materia de la denuncia o querella;

III.- Dirigir la investigación en los actos que así lo requieran, conforme a la Ley;

IV.- Vigilar que la policía cumpla con los requisitos de la legalidad de los actos de investigación que lleva a cabo; y

V.- Solicitar la reparación del daño a cargo del imputado en los casos que resulte procedente.



Estado de Hidalgo Artículo 96 Código Procesal Penal
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