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Código Procesal Penal Artículo 147 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 147. Nombramiento posterior

Durante el transcurso del proceso, el imputado podrá designar un nuevo defensor; pero el anterior no podrá separarse de la defensa, sino hasta que el nombrado intervenga en el proceso



Estado de Oaxaca Artículo 147 Código Procesal Penal
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