Código Penal Artículo 264 Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal Zacatecas
Artículo 264. Cateo de domicilio particular
Los cateos requieren autorización judicial. Las solicitudes de orden de cateo se formularán por el Ministerio Público bajo protesta de decir verdad, por escrito o en conferencia privada con el Juez. En casos de urgencia, en que se pueda perder la evidencia, podrá solicitar la orden por teléfono.
Las solicitudes de cateo del Ministerio Público contendrán una breve descripción de los antecedentes de la investigación, las pruebas para establecer como probable que en el lugar que se pretende catear existen personas, objetos, documentos, huellas u otros indicios relacionados con el delito que se investiga.
Las diligencias de cateo las realizará el Ministerio Público, sin perjuicio del auxilio que le preste la Policía, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Faltando alguno de estos requisitos, la diligencia carecerá de todo valor probatorio.
Podrá procederse en cualquier hora cuando el morador o su representante lo consienta o en casos sumamente urgentes. Deberá dejarse constancia de la situación de urgencia en la resolución judicial que acuerda el cateo.
Estado de Zacatecas Artículo 264 Código Penal
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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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