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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 205 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 205. Asignación de la clave catastral

Al inscribir un inmueble en el Padrón Catastral se le asignará una clave catastral, que consistirá en un símbolo alfanumérico único que se le asignará al mismo para su identificación en el Catastro, formada con los elementos de su ubicación de un respaldo cartográfico.

En el caso de los condominios, cada una de las unidades privativas se inscribirá por separado en el Padrón con diferente clave catastral.



Estado de Guanajuato Artículo 205 Código Territorial para el Estado y los Municipios
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