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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 395 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 395. Requisitos para obtener el permiso de división

Para obtener el permiso de división, el interesado deberá presentar la solicitud por escrito ante la unidad administrativa municipal, con los siguientes requisitos:

I. Copia de la escritura pública de propiedad, inscrita en el Registro Público de la Propiedad;

II. Cuando se trate de persona jurídico colectiva, copia de la escritura constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad, así como documento que acredite la personalidad jurídica del representante legal;

III. Certificado de libertad de gravámenes actualizado;

IV. Constancia de apeo y deslinde, en caso de que se requiera;

V. Certificación de clave catastral del inmueble;

VI. Plano del levantamiento topográfico que incluya las vialidades urbanas colindantes, la infraestructura pública existente y la propuesta de división, garantizando la servidumbre de paso a los predios resultantes de una división de predios urbanos;

Fe de erratas P.O. 12-10-2012

VII. La constancia de suficiencia del servicio público de energía eléctrica, expedida por la entidad paraestatal correspondiente, tratándose de inmuebles urbanos; y

VIII. Copia del comprobante de pago de los impuestos y derechos que correspondan.



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