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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 53 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 53. Revisión y actualización del programa estatal

El programa estatal deberá ser revisado y actualizado dentro de los seis meses siguientes a la publicación de los resultados de los Censos Nacionales de Población y Vivienda.

En caso de que los resultados de los Conteos de Población y Vivienda evidencien cambios sustanciales en la situación demográfica, social o económica de la población del Estado, o se alteren drásticamente las condiciones ambientales de la entidad, el programa estatal podrá ser revisado y modificado dentro de los seis meses siguientes a la publicación de los resultados a que se refiere este párrafo o a que se manifiesten las alteraciones en las condiciones ambientales.



Estado de Guanajuato Artículo 53 Código Territorial para el Estado y los Municipios
Artículo 1 ...51 52 53 54 55 ...565

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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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