Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 550 Estado de Guanajuato
Código Territorial para el Estado y los Municipios
Artículo 550. Responsabilidad solidaria
Para los efectos de este Capítulo serán solidariamente responsables de las infracciones a las disposiciones del Código:
I. El propietario o poseedor del o de los inmuebles involucrados;
II. Cualquier persona que ejecute, ordene o favorezca las acciones u omisiones constitutivas de infracción;
III. Cualquier persona que con su conducta contravenga las disposiciones del presente Código y su Reglamento y demás aplicables a las materias que en el mismo se regulan; y
IV. Los fedatarios o servidores públicos que intervengan o faciliten su comisión.
Estado de Guanajuato Artículo 550 Código Territorial para el Estado y los Municipios
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jose
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Guadalajara jalisco
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
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