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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 67 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 67. Determinaciones que contendrán las estrategias emergentes

Las estrategias emergentes de ordenamiento territorial contendrán las determinaciones relativas a:

I. La delimitación de la zona o área a que se refiere, especificando los usos y destinos de los predios o lotes ubicados dentro del polígono respectivo, así como las restricciones y modalidades al aprovechamiento del suelo y a las construcciones;

II. La definición de las características de la infraestructura pública y del equipamiento urbano necesarios para cumplir los objetivos de la estrategia emergente, señalando, en su caso, las acciones y proyectos respectivas, así como los alineamientos y derechos de vía que deberán respetarse;

III. La identificación de los instrumentos financieros que permitan la suficiencia de recursos para la realización de las acciones y proyectos que se establezcan; y

IV. Las políticas, medidas y acciones para la reincorporación del área de que se trate al ordenamiento sustentable del territorio.



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