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Código Urbano Artículo 170 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Urbano
Artículo 170.

Procederá la partición de un predio rústico cuando los lotes resultantes queden con frente a vías públicas existentes, caminos vecinales o caminos reales.

Cuando para la procedencia de una subdivisión, sea necesario constituir una servidumbre de paso, ésta deberá dar acceso a un máximo de diez lotes y tener una longitud máxima de cuarenta metros y un ancho mínimo de seis metros. En caso que el fondo de los lotes resultantes sea mayor a quince metros, el ancho de la servidumbre no será menor a ocho metros.

Las servidumbres a que se refiere el párrafo anterior, serán consideradas vías públicas, las que deberán construirse con las características de vialidad que la autoridad municipal considere, dependiendo del número de predios producto de la densidad e intensidad del suelo. 



Estado de Querétaro Artículo 170 Código Urbano
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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