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Código Urbano Artículo 418 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Urbano Querétaro
Artículo 418.

La tarifa del uso doméstico se clasifica en zonas socioeconómicas que son:

I. Alta;

II. Media;

III. Económica; y  

IV. Apoyo social.

Las zonas y formas a las cuales se aplicarán las tarifas mencionadas serán determinadas por el Consejo Directivo. 



Estado de Querétaro Artículo 418 Código Urbano
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Los comentarios de los usuarios

Me pueden informar las tarifas de uso domestico alta y media.

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