Código Urbano Artículo 480 Estado de Querétaro
Código Urbano Querétaro
Artículo 480.
Cuando a solicitud de los beneficiarios se requiera planear, estudiar, proyectar, diseñar, programar, construir, ampliar, rehabilitar o conservar una obra para la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento y disposición de sus aguas residuales y tratadas, la Comisión Estatal de Aguas ordenará, con cargo a su presupuesto o a los beneficiarios, según se convenga, la realización de los estudios de factibilidad de la obra y del costo de realización de la misma.
Una vez determinada la viabilidad de la obra, se procederá a realizar el proyecto y diseño hasta el nivel ejecutivo. Con base en lo anterior, se realizará la estimación del costo de la obra y la Comisión Estatal de Aguas procederá a concertar su realización con la Federación, Estado, Municipios o beneficiarios, a través del convenio respectivo, en el que se detallarán las aportaciones, demás compromisos y responsabilidades que asuma cada uno de los participantes.
Todas aquellas obras que tengan por objeto corregir o extraer líneas de conducción alojadas debajo de inmuebles construidos, serán con cargo a los usuarios.
La Comisión Estatal de Aguas no podrá realizar con su presupuesto la reubicación de líneas alojadas debajo de inmuebles ya construidos, por las servidumbres legales que afectan a los mismos, por lo que toda reubicación deberá ser realizada con cargo al usuario que sufra dicha afectación, incluyéndose los costos del proyecto, permisos, liberaciones y ejecución de la obra. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer el usuario.
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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