Código Urbano Artículo 504 Estado de Querétaro
Código Urbano Querétaro
Artículo 504.
Dentro del proceso de planeación, se establecerá el objetivo principal e inversión considerada en el programa.
Los estudios previos que se realicen, deberán observar la realidad social, económica, topográfica, geotécnica, hidrológica y ecológica para lograr que las carreteras cumplan adecuadamente sus funciones en un balance conveniente de costos y beneficios; asimismo, deberá considerarse el tipo de terreno y uso del suelo, para definir las características generales del proyecto, velocidades de diseño y los tipos de accesos y entronques que influyan en el proyecto de modernización. En forma especial deberán considerarse los planes y programas de desarrollo urbano.
Además, deberá basarse en los costos de adquisición, conservación, operación y derecho de vía, así como en la consideración de protección del paisaje, la contaminación ambiental, principalmente por humos y ruidos; de igual manera los libramientos de poblaciones, los cuales deberán ubicarse en forma congruente con el programa de desarrollo urbano correspondiente y justificarse en función del tránsito que los utilizará.
Estado de Querétaro Artículo 504 Código Urbano
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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