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Código Urbano Artículo 229 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Urbano
Artículo 229.

Los fraccionamientos habitacionales urbanos de interés social son aquellos que se ubican en áreas cuya densidad de población puede ser mayor de 200 habitantes por hectárea, y menor de 500, y deberán tener como mínimo, las siguientes características:

I.Lotificación: Sus lotes no podrán tener un frente menor de 5 metros, ni una superficie menor de 75 metros cuadrados;

II.Usos y destinos del suelo: El aprovechamiento predominante será de vivienda y se permitirá solamente el 20% de la superficie vendible para áreas comerciales o de servicios, en las zonas autorizadas.

En este tipo de fraccionamientos se permitirá la construcción de viviendas multifamiliares en un máximo del 60% de la superficie vendible, en las zonas autorizadas, sin sobrepasar la densidad máxima permitida;

III.Donaciones: El fraccionador deberá donar a título gratuito como área para equipamiento urbano al Municipio el 10% de la superficie total del fraccionamiento, debidamente urbanizada;

IV.Vialidad: Las calles colectoras deberán tener una anchura de 12.50 metros, medida de paramento a paramento; las banquetas serán de 1.20 metros de ancho.

Las calles locales deberán tener una anchura de 11 metros, medida de paramento a paramento; las banquetas serán de 1.20 metros de ancho.

Cuando necesariamente una calle local tenga que ser cerrada, se hará un retorno con las dimensiones que

determine el Ayuntamiento.

En el caso de que existan andadores, éstos deberán tener como mínimo 4 metros de ancho y contar con un área jardinada de cuando menos el 40% de su ancho.

Cualquier lote que tenga acceso a través de un andador, deberá estar situado a una distancia menor de 70 metros de una calle de circulación de vehículos o del lugar de estacionamiento correspondiente; y

V.Infraestructura y equipamiento urbano: Todo fraccionamiento que sea aprobado dentro de este tipo deberá contar, como mínimo, con las siguientes obras de urbanización:

a)Fuente de abastecimiento de agua potable, red de distribución y tomas domiciliarias, con medidor;

b)Sistema de alcantarillado con salidas domiciliarias de albañal;

c)Planta de tratamiento de aguas servidas, individual o colectiva de acuerdo a los estudios de la instancia normativa;

d)Ductos para las redes de telecomunicaciones

e)Red de distribución de energía eléctrica para uso doméstico;

f)Alumbrado público;

g)Pavimento de calles, guarniciones y banquetas de concreto u otro material de calidad similar a juicio del Ayuntamiento;

h)Arbolado en áreas de calles, glorietas y demás lugares destinados a ese fin, en una cantidad igual a una unidad por lote vendible;

i)Placas de nomenclatura en los cruces de calles; y

j)Caseta de vigilancia.



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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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