Código Urbano Artículo 359 Estado de Zacatecas
Código Urbano Zacatecas
Artículo 359.
En caso de que el fraccionador o promovente no realice las obras de urbanización en el plazo autorizado, podrá solicitar al Ayuntamiento, oportunamente y por escrito, la prórroga que considere necesaria, exponiendo los motivos que ocasionaron el retraso; el Ayuntamiento dictaminará sobre la procedencia de dicha petición.
Estado de Zacatecas Artículo 359 Código Urbano
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Recomendados
Código de Procedimientos Civiles Sonora Artículo 623. Código Procesal Penal Oaxaca Artículo 133. Incapacidad superviniente Código Procesal Penal Acusatorio Tabasco Artículo 217. Competencia Código de Procedimientos Civiles Colima Artículo 2479. Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal Federal Artículo 48. Requisitos para ser FacilitadorPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios