Constitución Artículo 34 Estado de Aguascalientes
Constitución
Artículo 34.
En casos urgentes a juicio del Congreso, sin omitir ningún trámite, las resoluciones sobre las iniciativas se darán en razón de la premura indicada.
Estado de Aguascalientes Artículo 34 Constitución
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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Constitución Artículo 92. Código Familiar Artículo 153. EFECTOS DE LA EXTINCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR Código Familiar Artículo 306. RESGUARDO DE PUPILOS INDIGENTES SIN DEUDORES ALIMENTARIOS Código Fiscal Artículo 150. Código Familiar Artículo 458. DENUNCIA DE UN POSIBLE IMPEDIMENTO MATRIMONIALPublique la información de sí mismo
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