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Constitución Artículo 42 Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Constitución
Artículo 42.

No  podrán  ser  electos  Gobernador  del Estado:

El  Secretario  General  de  Gobierno,  los Magistrados  y  Jueces del  Estado, Consejeros de Judicatura del Estado, el  Procurador General  de  Justicia  y  los  Secretarios  y  Directores  del  Poder Ejecutivo,  salvo  que  se  separen  de  sus  cargos  en  forma definitiva, noventa días antes del día de la elección.

Los Militares  en  servicio  activo  y  los  titulares  de  los  cuerpos policíacos,  salvo  que  se  separen  de  sus  cargos,  en  forma provisional, noventa días antes del día de la elección.

Los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, Diputados locales, Presidentes Municipales, Síndicos Procuradores y Regidores de los Ayuntamientos, salvo que se separen de sus cargos, en forma provisional, noventa días antes del día de la elección.



Estado de Baja California Artículo 42 Constitución
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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