Imprimir

Constitución Artículo 42 Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/04/2026

Constitución
Artículo 42.

No  podrán  ser  electos  Gobernador  del Estado:

El  Secretario  General  de  Gobierno,  los Magistrados  y  Jueces del  Estado, Consejeros de Judicatura del Estado, el  Procurador General  de  Justicia  y  los  Secretarios  y  Directores  del  Poder Ejecutivo,  salvo  que  se  separen  de  sus  cargos  en  forma definitiva, noventa días antes del día de la elección.

Los Militares  en  servicio  activo  y  los  titulares  de  los  cuerpos policíacos,  salvo  que  se  separen  de  sus  cargos,  en  forma provisional, noventa días antes del día de la elección.

Los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, Diputados locales, Presidentes Municipales, Síndicos Procuradores y Regidores de los Ayuntamientos, salvo que se separen de sus cargos, en forma provisional, noventa días antes del día de la elección.



Estado de Baja California Artículo 42 Constitución
Artículo 1 ...40 41 42 43 44 ...113

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil


No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.


porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse