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Constitución Artículo 123 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/05/2026

Constitución
Artículo 123.

Las ausencias temporales de los agentes del ministerio público serán cubiertas en los términos que señale la ley orgánica.



Estado de Chihuahua Artículo 123 Constitución
Artículo 1 ...121 122 123 124 125 ...203

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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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