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Constitución Artículo 76 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Coahuila
Artículo 76.

Para ser Gobernador se requiere:

I.  Ser ciudadano mexicano por nacimiento.

II.  Haber cumplido 30 años de edad para el día de la elección.

III. Ser coahuilense por nacimiento o tener una residencia efectiva en el Estado no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.

IV. No encontrarse en el supuesto a que se refiere el segundo párrafo del artículo 30 de esta Constitución.

V.  No ser secretario de la administración pública estatal, magistrado del Poder Judicial, presidente municipal, síndico o regidor, consejero o integrante del órgano de dirección de los organismos públicos autónomos, magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa de Coahuila de Zaragoza, Fiscal General del Estado, titulares de los organismos descentralizados, miembro de los órganos directivos y técnicos o integrante del cuerpo del servicio profesional electoral del Instituto, ni secretario del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, salvo que se separe de su encargo en los términos que señale la legislación reglamentaria.

VI. No haber figurado directa ni indirectamente en alguna asonada, motín o cuartelazo.

VII. No haber sido condenado en juicio por robo, fraude, abuso de confianza, falsificación y otro delito infamante.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 76 Constitución
Artículo 1 ...74‑D 75 76 77 78 ...198

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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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