Constitución Artículo 129 Estado de Guerrero
Constitución Guerrero
Artículo 129.
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, podrá celebrar convenios con el Instituto Nacional Electoral para que éste asuma la organización de los procesos electorales locales, en los términos que disponga la ley.
Estado de Guerrero Artículo 129 Constitución
Mejores juristas





cuando es la vigencia o ultimo reforzamiento
A que se refiere esto?
necesito consultar el código de procedimientos civiles para efectos de fundar el juicio de usucapion
¿Cómo se lleva acabo una cotización dentro de un régimen obligatorio? ¿Qué elementos se toman en cuenta para esto?
Algun ejemplo de los medicamentos del grup v
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios