Imprimir

Constitución Artículo 19 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Guerrero
Artículo 19.

Son ciudadanos del Estado, los guerrerenses que hayan cumplido dieciocho años:

1. Son derechos de los ciudadanos guerrerenses:

I. Votar en las elecciones;

II. Ser votados para los cargos de representación popular, a través de candidaturas de partido o independientes, en los términos dispuestos en la Ley;

III. Asociarse libre y pacíficamente para participar en los asuntos públicos del Estado;

IV. Participar en los procesos de referéndum, revocación de mandato, plebiscito y demás instrumentos de participación ciudadana;

V. Presentar iniciativas de ley ante el Congreso del Estado, con excepción de la materia penal y tributaria, en los términos que establezca la Ley;

VI. Acceder de manera efectiva a la información pública del Estado;

VII. Ser preferidos, en igualdad de condiciones, para desempeñar cualquier servicio público, de conformidad con los requisitos exigidos por la Ley;

VIII. Formular peticiones ante las autoridades del Estado;

IX. Afiliarse de manera libre, personal e independiente a un partido político;

X. Exigir que las autoridades del Estado rindan cuentas de manera oportuna y que sus actos sean transparentes y públicos; y,

XI. Los demás que establezca esta Constitución y la ley.

2. Los guerrerenses que residan fuera del país o del territorio del Estado tienen derecho a elegir al Gobernador del Estado, y a votar y ser votados como diputados migrantes, en los términos de esta Constitución y las leyes respectivas; y,

3. Son obligaciones de los ciudadanos guerrerenses:

I. Inscribirse en el padrón electoral;

II. Desempeñar los cargos de elección popular para los que hayan sido electos;

III. Cumplir con las funciones electorales y censales en que hayan sido nombrados;

IV. Participar en los procesos de referéndum, revocación de mandato, plebiscito y demás instrumentos de participación ciudadana;

V. Participar y coadyuvar en la protección, defensa y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, de manera individual o colectiva a través de los medios legales que las leyes en la materia prevean; y

VI. Las demás que se deriven de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes que de ellas emanen.



Estado de Guerrero Artículo 19 Constitución
Artículo 1 ...17 18 19 20 21 ...200

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse