Constitución Artículo 66 Estado de Guerrero
Constitución Guerrero
Artículo 66.
Las iniciativas de ley o decreto, legislativo o de reforma y adiciones constitucionales, se sujetarán en su trámite y aprobación a lo prescrito en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento.
Estado de Guerrero Artículo 66 Constitución
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Buen día, si vendo bienes a través de Mercado Libre y algún cliente me pide factura, facturo el total del producto incluyendo la comisión que me cobra Mercado libre o se la quito en la factura
Hola! Alguien sabe si el artículo 88 del código civil de la ciudad de México,esta actualmente derogado. ( 6 marzo 2021)
cuales son los requisitos
No pasa nada si olvidas de poner el Himno Nacional Mexicano y hasta La Hora Nacional?
PREGUNTA: El avalúo de los bienes retenidos o embargados será practicado por un corredor público, una Institución de crédito o perito valuador autorizado por el Consejo de la Judicatura correspondiente quienes no podrán tener el carácter de parte o de interesada en el juicio. ¿aplica la practica de los avaluos por los facultados para bienes muebles o unicamente en inmuebles?
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