Constitución Artículo 18 Estado de Hidalgo
Constitución Hidalgo
Artículo 18.
Son obligaciones de los ciudadanos del Estado:
I. Inscribir sus bienes en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial que les corresponda, así como registrarse en el Catastro de la Municipalidad, expresando la industria, profesión y trabajo del que subsistan;
II. Inscribirse en los Padrones Electorales, en los términos que determine la Ley de la materia;
III. Alistarse en la Guardia Nacional;
IV. Votar en las elecciones populares, en los términos que señale la Ley;
V. Desempeñar los cargos de elección popular que en ningún caso serán gratuitos; y
VI. Desempeñar gratuitamente los cargos consejiles del Municipio donde resida, así como las funciones electorales y censales.
El incumplimiento de alguna de estas obligaciones se sancionará con suspensión de la ciudadanía hasta por un año.
Estado de Hidalgo Artículo 18 Constitución
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Tengo un problema con un sujeto que está divulgando que jaque sus cuentas de Google y bancarias donde me ve me grita cosas como ratero y jjakeador de cuentas eso me ah estado provocando bajas en mi negocio y que la gente vecina ya no solicite mis servicios como tatuador y lava coches . Que puedo yo hacer con este señor ? ya no se que hacer cada vez es menos los ingresos y la gente me tacha de lo peor
cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.
Que quiere decir este artículo?
hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?
Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?
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