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Constitución Artículo 140 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/10/2024

Constitución Morelos
Artículo 140.

Si un servidor público de los señalados en el artículo 136 son sentenciados encontrándolos penalmente responsables de un delito cometido en el ejercicio de su encargo, no se concederá al reo la gracia del indulto.



Estado de Morelos Artículo 140 Constitución
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pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


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