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Constitución Artículo 140 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023

Constitución Morelos
Artículo 140.

Si un servidor público de los señalados en el artículo 136 son sentenciados encontrándolos penalmente responsables de un delito cometido en el ejercicio de su encargo, no se concederá al reo la gracia del indulto.



Estado de Morelos Artículo 140 Constitución
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