Constitución Artículo 32 Estado de Querétaro
Constitución Querétaro
Artículo 32.
El Instituto Electoral del Estado de Querétaro, es el organismo público local en materia electoral en la Entidad, en los términos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y las leyes que de ambas emanan. Gozará de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones y contará con un órgano de dirección superior integrado conforme a las leyes.
El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro es la autoridad jurisdiccional local especializada en materia electoral del Estado. Dicho órgano gozará de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. Estará integrado por cinco Magistrados, de los cuales tres serán propietarios y dos supernumerarios, quienes serán designados por el Senado.
El Instituto y el Tribunal previstos en este artículo, cumplirán sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, independencia, máxima publicidad, objetividad, legalidad y probidad.
Estado de Querétaro Artículo 32 Constitución
Mejores juristas





Hola, quisiera inscribirme voluntariamente al régimen obligatorio, me comentaron que ya no puedo debido a que no cumplo con este articulo, yo entiendo que las 52 semanas se cuentan hacia atrás de la ultima fecha de baja, pero en el seguro las quieren contar hacia atrás de la fecha actual, tengo 4 años y 3 meses de mi fecha de baja, ¿es correcto lo que me dijeron en la subdelegación? y si no que se puede hacer?
Hola buenas tardes ! Tengo una duda.... Soy demandante o representante legal de mi menor hijo en un juicio de alimentos... es necesario que asista a la audiencia prevista por el Art. 219 del CPC del estado de Veracruz? me podrian dar informacion al respecto y enviar a mi correo: [email protected]
Hola, buenas tardes, donde puedo localizar el código civil de Tamaulipas del año de 1958, tengo que verificar que régimen matrimonial regía en ese entonces en Nuevo Laredo, el acta dice que lo establece del Código Civil de enero de 1958
Buenas tardes,en donde obtengo informacion sobre los derechos que adquiere un arrendatario por antiguedad ocupando un depto. firmando contrato cada año
si una trabajadora en periodo de gestación se empeña en trabajar en una área riesgosa para su embarazo , que ley protege al empleador
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios