Constitución Artículo 156 Estado de Sinaloa
Constitución Sinaloa
Artículo 156.
Quedan estrictamente prohibidos en el Estado, todos los juegos de azar. Para extirpar ese vicio, combatir el alcoholismo y reprimir la prostitución y la vagancia, la ley se mostrará severa y las autoridades serán inexorables. Es causa de responsabilidad oficial, toda falta u omisión en el cumplimiento de las obligaciones que este precepto impone.
Estado de Sinaloa Artículo 156 Constitución
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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