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Ley de Ahorro y Credito Popular Artículo 103 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Ley de Ahorro y Credito Popular Federal
Artículo 103.

Para ser miembro del Comité Técnico será necesario:

I.Acreditar contar con historial crediticio satisfactorio y honorabilidad, así como tener reconocida experiencia en materia jurídica, financiera o administrativa;

II.No ser asesor o consultor de alguna Sociedad Financiera Popular;

III.No tener litigio pendiente o adeudos vencidos en el sistema financiero mexicano;

IV.No ser empleado o funcionario de alguna Sociedad Financiera Popular;

V.No haber sido sentenciado por delitos intencionales patrimoniales o inhabilitado para ejercer el comercio, o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el sector público Federal, Estatal o Municipal o en el sistema financiero mexicano;

VI.No estar sujeto a concurso o declarado en quiebra, o encontrarse inhabilitado para ejercer el comercio;

VII.No tener parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado o civil con algún miembro del Consejo de Administración, comité de auditoría o con el director o gerente general de alguna Sociedad Financiera Popular;

VIII.No ejercer algún cargo público de elección popular o de dirigencia partidista o sindical;

IX.No ser funcionario de las dependencias gubernamentales o Federaciones encargadas de la supervisión y vigilancia de las Sociedades Financieras Populares, y

X.Cumplir con los demás requisitos que establezca la Comisión mediante disposiciones de carácter general.

Federal de México Artículo 103 Ley de Ahorro y Credito Popular
Artículo 1o ...101 Bis 102 103 104 104 Bis ...158

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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


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