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Ley de Concursos Mercantiles Artículo 199 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley de Concursos Mercantiles Federal
Artículo 199.

El síndico publicará la convocatoria para la subasta conforme a las disposiciones generales que al efecto emita el Instituto.

La convocatoria deberá contener:

I.Una descripción de cada uno de los bienes o conjunto de bienes de la misma especie y calidad que se pretende enajenar;

II.El precio mínimo que servirá de referencia para determinar la adjudicación de los bienes subastados, acompañado de una explicación razonada de dicho precio y, en su caso, la documentación en que se sustente;

III.La fecha, hora y lugar en los que se propone llevar a cabo la subasta, y

IV.Las fechas, lugares y horas en que los interesados podrán conocer, visitar o examinar los bienes de que se trate.

Federal de México Artículo 199 Ley de Concursos Mercantiles
Artículo 1o ...197 198 199 200 201 ...342

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