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Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos Artículo 65 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos Federal
Artículo 65.

Con sujeción a lo dispuesto en la Leydel Sector Hidrocarburos, la Leyde Ingresos sobre Hidrocarburos, las disposiciones que emanen de ambos ordenamientos, y demás aplicables, Petróleos Mexicanos puede realizar las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, conforme a lo siguiente:

I.Si las actividades se realizan al amparo de una asignación para desarrollo propio puede celebrar todo tipo de contratos, entre otros, de obras o servicios para la mejor ejecución y operación de la asignación;

II.Si las actividades se realizan al amparo de una asignación para desarrollo mixto en las que se requiera complementar capacidades, puede celebrar contratos mixtos en la asignación, en términos de esta Ley y de la Leydel Sector Hidrocarburos, y

III.Si las actividades se realizan por virtud de un Contrato para la Exploracióny Extracción de Hidrocarburos:

a)En los casos en que Petróleos Mexicanos realice la actividad de manera exclusiva, sin que para tales efectos celebre una asociación o alianza con terceras personas, no puede hacerlo a través sus empresas filiales, y

b)En los casos en que Petróleos Mexicanos forme parte de una asociación en participación o consorcio, puede hacerlo a través de sus empresas filiales, de empresas en las que tenga participación minoritaria o mediante las demás formas de asociación permitidas conforme a la Leydel Sector Hidrocarburos, la Leyde Ingresos sobre Hidrocarburos y demás disposiciones aplicables.

Lo dispuesto en esta fracción es aplicable cuando Petróleos Mexicanos resulte ganador en un proceso de licitación para la adjudicación del Contrato para la Exploracióny Extracción de Hidrocarburos o cuando la celebración de este sea resultado de un proceso de migración de asignación a contrato.

Federal de México Artículo 65 Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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