Ley de la Industria Eléctrica Artículo 131
Ley de la Industria Eléctrica
Artículo 131.
Los permisos, según sea el caso, terminan:I.Llegado el vencimiento del plazo previsto en el propio permiso o de la prórroga que se hubiere otorgado, en su caso;
II.Por renuncia del titular, previo cumplimiento de sus obligaciones;
III.Por revocación determinada por la CRE en los casos siguientes:
a)Por no iniciar las actividades objeto del permiso en los plazos que al efecto se establezcan en el título respectivo, salvo autorización de la CRE por causa justificada;
b)Por interrumpir sin causa justificada el servicio permisionado;
c)Por realizar prácticas indebidamente discriminatorias en perjuicio de los usuarios;
d)Por violar las tarifas aprobadas;
e)Por incumplir con las normas oficiales mexicanas;
f)Por no pagar los derechos, aprovechamientos o cualquier otra cuota aplicable al permiso, incluyendo la verificación del mismo;
g)Por llevar a cabo actividades permisionadas en condiciones distintas a las del permiso;
h)Por incumplir las instrucciones del CENACE respecto del Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional;
i)Por realizar actividades o incurrir en omisiones que impidan el funcionamiento eficiente del Sistema Eléctrico Nacional;
j)Por ceder, gravar, transferir o enajenar los derechos y obligaciones derivados de los permisos sin previo aviso a la CRE;
k)Por concertar o manipular en cualquier forma los precios de venta de energía eléctrica o Productos Asociados, sin perjuicio de las sanciones que procedan conforme a la Ley Federal de Competencia Económica y esta Ley, o
l)Por contravenir lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley General de Bienes Nacionales;
IV.Cuando desaparezca el objeto del permiso;
V.En caso de disolución, liquidación o quiebra del titular, o
VI.Por el acaecimiento de cualquier condición resolutoria establecida en el permiso.
La CRE determinará sobre la procedencia de la revocación considerando la gravedad de la infracción, las acciones tomadas para corregirla y la reincidencia, en los términos definidos en los Reglamentos de esta Ley.
La terminación del permiso no extingue las obligaciones contraídas por el titular durante su vigencia.
Artículo 131 Ley de la Industria Eléctrica
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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