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Ley de Migración Artículo 135 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley de Migración Federal
Artículo 135.

Para realizar el trámite de regularización de la situación migratoria, el extranjero deberá cumplir con lo siguiente:

I.Presentar ante el Instituto un escrito por el que solicite la regularización de su situación migratoria, especificando la irregularidad en la que incurrió;

II.Presentar documento oficial que acredite su identidad;

III.Para el caso de que tengan vínculo con mexicano o persona extranjera con residencia regular en territorio nacional, deberán exhibir los documentos que así lo acrediten;

IV.Para el supuesto de que se hayan excedido el período de estancia inicialmente otorgado, deberán presentar el documento migratorio vencido;

V.Acreditar el pago de la multa determinada en esta Ley, y

VI.Los previstos en esta Ley y su Reglamento para la condición de estancia que desea adquirir.

Federal de México Artículo 135 Ley de Migración
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