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Ley de Petróleos Mexicanos Artículo 43 México


Derogado

Ley de Petróleos Mexicanos
Artículo 43.

El Comité de Recursos Humanos y Remuneraciones será presidido por un consejero independiente y lo integrará al menos el Secretario de Hacienda y Crédito Público, y tendrá a su cargo las siguientes funciones:

I.Proponer al Consejo de Administración el mecanismo de remuneración del Director General y de los directivos de los tres niveles jerárquicos inferiores a éste;

II.Proponer al Consejo de Administración la política de contratación, de evaluación del desempeño y de remuneraciones del resto del personal de Petróleos Mexicanos, de sus empresas productivas subsidiarias y de sus empresas filiales, debiendo cumplir con lo dispuesto en la legislación y el contrato colectivo de trabajo vigentes aplicables;

III.Auxiliar al Consejo de Administración, en los términos que éste le ordene, en el seguimiento de las políticas de recursos humanos que haya aprobado;

IV.Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos, compromisos y autorizaciones que, en materia de recursos humanos, le especifique el Consejo de Administración;

V.Proponer los convenios de capacitación, certificación y actualización que Petróleos Mexicanos pueda suscribir con instituciones públicas y privadas, nacionales o internacionales, y

VI.Las demás que determine el Consejo de Administración.

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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


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