Imprimir

Ley de Petróleos Mexicanos Artículo 79 México


Derogado

Ley de Petróleos Mexicanos
Artículo 79.

En los procedimientos distintos al de concurso abierto se invitará a personas con posibilidad de respuesta adecuada; que cuenten con la capacidad financiera, técnica, operativa y demás necesarias para dar cumplimiento a los contratos, y que cuenten con experiencia en las actividades o trabajos a realizar.

Cuando la contratación se realice mediante invitación restringida, se difundirá en la página de Internet de la empresa contratante, a fin de que cualquier persona pueda enviar información sobre las personas consideradas en la invitación.

México Artículo 79 Ley de Petróleos Mexicanos
Artículo 1 ...77 78 79 80 81 ...118

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

si el hijo tiene 22 años y ya entro a trabajar aplica pension alimenticia


que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse