Ley de Sociedades de Solidaridad Social Artículo 6o Federal de México
Ley de Sociedades de Solidaridad Social Federal
Artículo 6o.
El acta constitutiva de la sociedad deberá contener:I.- Denominación.
II.- Objeto de la sociedad;
III.- Nombre y domicilio de cada uno de los socios;
IV.- Duración;
V.- Domicilio social;
VI.- Patrimonio social;
VII.- Forma de administración y facultades de los administradores;
VIII.- Normas de vigilancia;
IX.- Reglas para aplicación de los beneficios, pérdidas e integración del fondo de solidaridad social, procurándose que el beneficio sea repartido equitativamente.
X.- Liquidación de la sociedad cuando sea revocada la autorización de funcionamiento, y
XI.- Las demás estipulaciones que se consideren necesarias para la realización de los objetivos sociales.
Federal de México Artículo 6o Ley de Sociedades de Solidaridad Social
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