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Ley de Transición Energétic Artículo 91 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley de Transición Energética Federal
Artículo 91.

El Consejo aprobará, a propuesta de su Presidente, las reglas para su funcionamiento, mismas que deberán establecer, cuando menos, los aspectos siguientes:
I.El procedimiento para convocar a las sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias, y para dejar constancia de los acuerdos tomados;
II.El procedimiento para asegurar la participación de personas físicas o morales de los sectores vinculados a las materias objeto de la Ley, y
III.Los mecanismos para la conformación de comisiones y grupos de trabajo sobre temas específicos, cuando así se considere necesario.

Federal de México Artículo 91 Ley de Transición Energétic
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


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Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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