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Ley del Banco de México Artículo 22 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Ley del Banco de México Federal
Artículo 22.

La Comisión estará facultada para:

I. Autorizar la obtención de los créditos a que se refiere la fracción IX del artículo 7o.;

II. Fijar criterios a los que deba sujetarse el Banco en el ejercicio de las facultades previstas en los artículos 32, 34 y 35, así como en el artículo 33 respecto de la banca de desarrollo, y

III. Señalar directrices respecto del manejo y la valuación de la reserva a que se refiere el artículo 18.

Federal de México Artículo 22 Ley del Banco de México
Artículo 1o ...20 21 22 23 24 ...68

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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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