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Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Artículo 25 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Federal
Artículo 25.

La edad límite de los militares para permanecer en el activo es la siguiente:

Años

I. Para los individuos de tropa50

II. Para los Subtenientes51

III. Para los Tenientes52

IV. Para los Capitanes Segundos53

V. Para los Capitanes Primeros54

VI. Para los Mayores56

VII. Para los Tenientes Coroneles58

VIII. Para los Coroneles60

IX. Para los Generales Brigadieres61

X. Para los Generales de Brigada63

XI. Para los Generales de División65

De las jerarquías del Ejército Mexicano contenidas de la fracción I a XI deberán tomarse los homólogos para la Fuerza Aérea Mexicana y la Armada de México, contenidas en las leyes orgánicas de dichas Fuerzas Armadas.

Federal de México Artículo 25 Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo 1o ...23 24 25 26 27 ...228

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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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