Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Artículo 25 Federal de México
Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas Federal
Artículo 25.
La edad límite de los militares para permanecer en el activo es la siguiente:Años
I. Para los individuos de tropa50
II. Para los Subtenientes51
III. Para los Tenientes52
IV. Para los Capitanes Segundos53
V. Para los Capitanes Primeros54
VI. Para los Mayores56
VII. Para los Tenientes Coroneles58
VIII. Para los Coroneles60
IX. Para los Generales Brigadieres61
X. Para los Generales de Brigada63
XI. Para los Generales de División65
De las jerarquías del Ejército Mexicano contenidas de la fracción I a XI deberán tomarse los homólogos para la Fuerza Aérea Mexicana y la Armada de México, contenidas en las leyes orgánicas de dichas Fuerzas Armadas.
Federal de México Artículo 25 Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
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Freddy Ruiz
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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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