Ley del Servicio Exterior Mexicano Artículo 40-BIS
Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 40-BIS.
La Subcomisión de Evaluación recomendará a la Comisión de Personal la baja definitiva del Miembro del Servicio Exterior de carrera, que no haya ascendido al rango de Primer Secretario en un plazo máximo de quince años desde su ingreso, o bien, que no haya ascendido al rango de Consejero en un plazo máximo de diez años desde su ascenso al rango de Primer Secretario, salvo por causas debidamente justificadas que deberán ser presentadas a consideración de la citada Comisión.
Asimismo, la Subcomisión de Evaluación recomendará a la Comisión de Personal, la baja definitiva del Miembro del Servicio Exterior de carrera cuya evaluación de desempeño arroje un resultado insatisfactorio.
En ambos supuestos, para que proceda la baja del Miembro del Servicio Exterior de carrera, se deberá llevar a cabo lo previsto en el artículo 53-TER de esta Ley.
Por otra parte, en estos casos, el Miembro del Servicio Exterior de carrera tendrá derecho a una indemnización en los términos que señale el Reglamento, así como a la compensación por años de servicio, conforme lo establece el segundo párrafo del artículo 54 de esta Ley.
Artículo 40-BIS Ley del Servicio Exterior Mexicano
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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