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Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos Artículo 88 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo 88.

Las armas, municiones, accesorios, ingenios y vehículos blindados materia de los delitos señalados en este capítulo, deben ser decomisadas para su destrucción, se exceptúan las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada Permanente y aquellos de aplicación militar.

Durante el tiempo de su aseguramiento, las armas, cargadores, municiones y accesorios deben permanecer en las bodegas de indicios de la autoridad que los tenga a su disposición, con excepción de las calibres .50" o superiores, ametralladoras en todos sus calibres, lanzacohetes, lanzagranadas y aquellos que la propia Secretaría determine, las que serán remitidas a la instalación militar más cercana para su guarda y custodia, con base en las disposiciones o acuerdos generales entre esta Secretaría y las autoridades encargadas de la procuración de justicia.

Las armas recibidas para disposición final serán destruidas o se destinarán a instituciones militares, las de valor histórico, cultural, científico o artístico se destinarán al Museo de Armas de la Secretaría.

Respecto de los artificios, materiales explosivos y sustancias químicas relacionados con estos, que hayan sido asegurados, previo peritaje, la autoridad correspondiente ordenará a la autoridad que los haya asegurado su inmediata destrucción, ya sea en el lugar donde hayan sido localizados o en aquel que no represente peligro para la población.

México Artículo 88 Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo 1o ...87 Quáter 87 Quinquies 88 89 89 Bis ...92

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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