Ley Federal de Justicia para Adolescentes Artículo 12 Federal de México
Versión actualizada
Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para AdolescentesLey Federal de Justicia para Adolescentes Federal
Artículo 12.
Además de lo previsto en la Constitución y demás legislación aplicable, las víctimas u ofendidos tienen los siguientes derechos:I. Ser informados sobre sus derechos cuando realicen la denuncia o en su primera intervención en el proceso;
II. Intervenir en el proceso conforme se establece en esta Ley;
III. Que el Ministerio Público de la Federación para Adolescentes les reciba todos los datos o elementos de prueba con los que cuenten, o bien a constituirse como coadyuvantes de éste;
IV. Ser informados de las resoluciones que finalicen o suspendan el proceso;
V. Siempre que lo soliciten, ser escuchados antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción de remisión;
VI. Ser interrogados o participar en el acto para el cual fueron citados, en el lugar de su residencia, si por su edad o condición física o psíquica, se les dificulta gravemente comparecer ante cualquier autoridad del proceso. Para tal fin deberán requerir con anticipación la dispensa, por sí o por un tercero;
VII. Recibir asesoría jurídica o protección especial de su integridad física o psíquica, con inclusión de su familia inmediata, cuando reciban amenazas o corran peligro en razón del papel que cumplen en el proceso;
VIII. Demandar, en su caso, a los terceros civilmente obligados a la reparación del daño;
IX. Impugnar el sobreseimiento o el archivo definitivo de la investigación;
X. Solicitar la reapertura de la investigación cuando se haya decretado el archivo temporal y presentar elementos o medios de prueba para ello; y
XI. A que sus datos personales sean confidenciales.
CAPÍTULO III
Responsabilidad de los Adolescentes frente a la Ley Penal Federal
Federal de México Artículo 12 Ley Federal de Justicia para Adolescentes
Mejores juristas





con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
Leer de nuevo
Ley Federal de Justicia para Adolescentes Federal Artículo 10. Ley Federal de Justicia para Adolescentes Federal Artículo 135. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación Federal Artículo 69. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación Federal Artículo 35. Ley Federal de Justicia para Adolescentes Federal Artículo 15.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios