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Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Artículo 2 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Federal
Artículo 2.

Son sujetos regulados por esta Ley, los particulares sean personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el tratamiento de datos personales, con excepción de:

I.Las sociedades de información crediticia en los supuestos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y demás disposiciones aplicables, y

II.Las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial.

Federal de México Artículo 2 Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
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