Ley General de Mejora Regulatoria Artículo 24
Ley General de Mejora Regulatoria
Artículo 24.
La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones en el ámbito nacional:I. Desempeñar las funciones de coordinación que establece esta Ley;
II. Proponer al Consejo Nacional la Estrategia y desarrollar, monitorear, evaluar y dar publicidad a la misma;
III. Proponer al Consejo Nacional la emisión de directrices, instrumentos, lineamientos, mecanismos y buenas prácticas para el cumplimiento del objeto de esta Ley;
IV. Proponer al Consejo Nacional las metodologías para la organización y sistematización de la información administrativa y estadística, así como los indicadores que deberán adoptar los Sujetos Obligados en materia de mejora regulatoria;
V. Administrar el Catálogo;
VI. Brindar asesoría técnica y capacitación en materia de mejora regulatoria;
VII. Revisar el marco regulatorio nacional, diagnosticar su aplicación y, en su caso, brindar asesoría a las autoridades competentes para mejorar la Regulación en actividades o sectores económicos específicos;
VIII. Proponer a los Sujetos Obligados acciones, medidas o programas que permitan impactar favorablemente en el mejoramiento del marco regulatorio nacional y que incidan en el desarrollo y crecimiento económico nacional, y coadyuvar en su promoción e implementación;
IX. Elaborar y presentar al Congreso de la Unión un informe anual sobre los resultados, avances y retos de la política nacional de mejora regulatoria;
X. Elaborar y promover programas académicos directamente o en colaboración con otras instituciones para la formación de capacidades en materia de mejora regulatoria;
XI. Convocar y organizar foros, conferencias, coloquios, diplomados, seminarios, talleres, reuniones, eventos, convenciones y congresos de mejora regulatoria;
XII. Crear, desarrollar, proponer y promover Programas Específicos de Simplificación y Mejora Regulatoria;
XIII. Procurar que las acciones y Programas de Mejora Regulatoria de los Sujetos Obligados se rijan por los mismos estándares de operación, y
XIV. Las demás atribuciones que establezcan esta Ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 24 Ley General de Mejora Regulatoria
Mejores juristas





Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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