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Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito Artículo 100 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito Federal
Artículo 100.

Se impondrá pena de prisión de cinco a diez años a:


I. Las personas que habiendo sido designadas como bodegueros habilitados en los términos de esta Ley, dispongan o permitan disponer indebidamente de las mercancías depositadas o proporcionen datos falsos al almacén respecto de los movimientos y existencias de las mismas; y


II.Las personas que en representación o a nombre de los almacenes generales de depósito y sin causa justificada, se nieguen a entregar, sustraigan, dispongan o permitan disponer de las mercancías depositadas en los propios almacenes o locales habilitados por medios distintos a los establecidos conforme al contrato respectivo o a los usos y costumbres imperantes en el medio almacenador. Igual sanción será aplicable a las personas que ordenen realizar cualquiera de los actos anteriores.


III.Las personas designadas como bodeguero habilitado o bodeguero auxiliar, así como cualquiera otra, que nieguen, impidan o no permitan, por cualquier medio, el acceso a las bodegas, locales o instalaciones habilitadas, por parte de los representantes, funcionarios o empleados de los almacenes generales de depósito, cualquier autoridad o persona que tenga derecho a acceder a ellos.

Federal de México Artículo 100 Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Artículo 1o ...99 99 bis 100 101 101 Bis ...103

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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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