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Ley General de Sociedades Mercantiles Artículo 192 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/10/2024

Ley General de Sociedades Mercantiles Federal
Artículo 192.

Los accionistas podrán hacerse representar en las Asambleas por mandatarios, ya sea que pertenezcan o no a la sociedad. La representación deberá conferirse en la forma que prescriban los estatutos y a falta de estipulación, por escrito.

No podrán ser mandatarios los Administradores ni los Comisarios de la sociedad.

Federal de México Artículo 192 Ley General de Sociedades Mercantiles
Artículo 1o ...190 191 192 193 194 ...273

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asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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Grazie


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos


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