Ley General de Sociedades Mercantiles Artículo 229 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/01/2021
Ley General de Sociedades Mercantiles Federal
Artículo 229.
Las sociedades se disuelven:I.- Por expiración del término fijado en el contrato social;
II.- Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado;
III.- Por acuerdo de los socios tomado de conformidad con el contrato social y con la Ley;
IV.- Porque el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que esta Ley establece, o porque las partes de interés se reúnan en una sola persona;
V.- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social.
VI.- Por resolución judicial o administrativa dictada por los tribunales competentes, conforme a las causales previstas en las leyes aplicables.
Federal de México Artículo 229 Ley General de Sociedades Mercantiles
Luis Gerardo Gonzalez Lejarza.
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
07/08/20 01:41:10
en empresa sociedad anonima de capital variable , fallece uno de los dos accionistas. que procede?
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