Imprimir

Ley General de Turismo Artículo 59 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/10/2024

Ley General de Turismo Federal
Artículo 59.

En la prestación y uso de los servicios turísticos no habrá discriminación de ninguna naturaleza en contra de persona alguna, en los términos del orden jurídico nacional.

Federal de México Artículo 59 Ley General de Turismo
Artículo 1 ...57 58 59 60 61 ...73

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

¿Necesitas ayuda financiera?

Para todas sus necesidades de financiamiento en efectivo o préstamos, contácteme para que pueda ayudarlo.

WhatsApp +22941732948

Correo electrónico: [email protected]

GRACIAS


Para todas sus necesidades de financiamiento en efectivo o préstamos, contácteme para que pueda ayudarlo.

WhatsApp +22941732948

Correo electrónico: [email protected]

GRACIAS


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


Ciao offerte individuali in denaro da 1.000 € a 2.000.000 €, con un tasso il tasso di interesse è rimborsabile del 2% in un periodo compreso tra 1 anno e 30 anni. Condizioni ragionevoli se la mia offerta ti interessa contattami di più rapidamente per discutere le modalità e documenti da fornire.

E-mail: [email protected]

E-mail: [email protected]

Grazie


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse